Disposición transitoria decimosexta.Complemento compensatorio de carrera profesional de
instituciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud.
El personal laboral fijo incluido bien en el ámbito de aplicación del Acuerdo de 1 de febrero de 2007, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Acuerdo de 31 de enero de 2007, sobre adecuación de las condiciones de trabajo del personal facultativo del extinto Servicio
Regional de Salud de la Comunidad de Madrid, bien en el ámbito de aplicación del Acuerdo de 8 de febrero de 2007, del Consejo de Gobierno, por el que se adoptan determinadas medidas transitorias en relación con el personal Diplomado Sanitario fijo adscrito a los Centros y Servicios que integraban el antiguoServicio Regional de Salud de la Comunidad de Madrid, continuará percibiendoloscomplementosenellosregulados establecidos en los mismos.
Pág. 199 régimendesupuestosespecialesdetransporte quedará supeditada a la enlascuantías,condicionesytérminos
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Pág. 200MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE 2021B.O.C.M. Núm. 112
No obstante, cesará el derecho a la percepción de estos complementos cuando, como consecuencia de los procesos de estatutarización que se oferten a la categoría a la que el trabajador pertenezca, no opte por su integración como personal estatutario.
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Isabel Díaz Ayuso
FeSP – UGTCC.OO.CSIT UNIÓN PROFESIONAL
Santiago Tamame GonzálezJavier Díaz TorilJose Ángel Montero Esteso
Secretario General de la Federación deSecretario General deSecretario General de CSIT empleadas y empleados de los ServicioAdministración Autonómica de laUNIÓN PROFESIONAL
Públicos de UGT MadridFederación de Servicios a la
Ciudadanía de CCOO de Madrid
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Áreas de actividad
ÁREA A: ADMINISTRACIÓN
El área de Administración comprende el conjunto de actividades o tareas relacionadas directamente con:
a)La administración económica y presupuestaria.
b)Procedimientosdeapoyoala
Justicia.
c)La gestión de personal.
d)Las labores de documentación, biblioteca y secretaría.
e)El control y contabilidad de los suministros y relación con proveedores.
f)La administración de bienes.
g)Los procesos informáticos y de comunicación.
h)y, en general, con aquellas otras que configuran el aparato de gestión del servicio o centro respectivo, desde las que implican máxima autonomía y responsabilidad, propias de la direcciónyorganizacióndelaactividad, conocimientos específicos, hasta aquellas otras de carácter auxiliar para las que sólo se exigen conocimientos elementales y responsabilidad e iniciativa restringidas.
ÁREA B: OFICIOS Y SERVICIOS GENERALES
El área de oficios y servicios generales comprende el conjunto de actividades o tareas relacionadas directamente con:
a)Elcuidado,conservación,montaje, muebles e inmuebles.
b)El aprovechamiento agrícola, forestal y pecuario.
c)El ámbito de los incendios forestales.
d)Procedimientos de apoyo a la gestión administrativa de la Administración de
e)Las labores de conducción y transporte de personas y bienes.
f)La restauración de alimentos.
g)El conjunto de actividades o tareas relacionadas directamente con la información y recepción de personas y bienes.
h)La vigilancia de personas, locales, fincas y enseres.
i)La comunicación interna y externa de los servicios y centros.
j)La custodia reparto y distribución de bienes y correspondencia.
k)La limpieza de dependencias, útiles y maquinaria.
l)El servicio de comedores y de plantas.
m)El lavado, planchado y arreglo de ropa.
n)Elconjuntodeactividadeso técnicos y de producción de las artes gráficas, en su más amplia significación, es decir, tratamiento de materiales, corrección de pruebas, composición, reproducción, estampación y encuadernación, abarcando desde las que implican máxima autonomía y responsabilidad, propias de la dirección y de la organización de la actividad, y que requieren estar en posesión de titulación y conocimientos específicos, hasta aquellas otras de carácter auxiliar para las que sólo son exigibles conocimientos elementales y responsabilidad e iniciativa restringidas.
o)y, en general:
1ºcontodasaquellastareascomplementarias específicamente a un oficio determinado, demanda el normal funcionamiento de los centros, desde las propias de organización del trabajo, realizadas con responsabilidad e iniciativa, hasta las más sencillas y básicas que no requieren habilidad o destreza específica alguna.
Pág. 201 gestiónadministrativadelaAdministracióndela yquerequierenestarenposesióndetitulacióny mejora,reparaciónyconstruccióndebienes
Justicia.
tareasrelacionadasdirectamenteconlosprocesos yauxiliaresque,sincorresponder
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Pág. 202MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE 2021 2ºcon aquellas otras de análogo carácter a las descritas, desde las más complejas organizativaytécnicamente,paralas conocimientosespecíficos,máxima pueden ser las propias de organización de la actividad, la inspección y control técnico de la misma, la elaboración de proyectos y la investigación de procesos, hasta aquellas otras que, siendo mera ejecución de lo anterior, no requieren destreza o habilidad específica alguna.
ÁREA C: EDUCATIVO – CULTURAL
El área Educativo – Cultural comprende el conjunto de actividades o tareas relacionadas directamente con:
a)Laaccióneducativa,ensumás docencia, reglada o no reglada, en sus diversos grados y niveles, así como colectivos y edades;
b)La instrucción deportiva.
c)El apoyo psicológico y logopédico en las vertientes de diagnóstico, orientación y tratamiento.
d)El apoyo social en su expresión personal y familiar.
e)El apoyo a la dependencia.
f)La socialización y la adquisición de hábitos de la vida diaria.
g)La organización y desarrollo de las actividades de ocio y tiempo libre.
h)La organización de festivales, conciertos y certámenes.
i)y, en general todas aquellas que vayan encaminadas a la formación, desarrollo e integración de las personas o colectivos sobre los que la acción educativa o cultural se ejerce, desde las que requieren estar en posesión de titulación y conocimientos específicos y exijan máxima responsabilidad, hasta aquellas otras de carácter auxiliar para las que sólo se requiere cualificación profesional elemental.
ÁREA D: SANITARIO – ASISTENCIAL
El área Sanitario – Asistencial comprende el conjunto de actividades o tareas relacionadas directamente con:
a)La salud, tanto en su vertiente preventiva como curativa, así como el apoyo a la medicina legal.
b)La atención a personas o grupos que, por su situación individual o social, demanden una especial atención y ayuda terapéutica.
c)y,engeneral,conaquellas integración social, familiar y profesional de quien se encuentre aquejado por cualquier patología, abarcando desde las que requieren el más alto grado de especialización y conocimientos tecnificados y conlleven el mayor grado de responsabilidad y autonomía, hasta aquellas de carácter auxiliar para las que sólo se exija cualificación profesional elemental.
B.O.C.M. Núm. 112 queseexijaestarenposesióndetitulación y responsabilidadyaltogradodeautonomía,como ampliasignificación,abarcando,portanto,la otrasqueposibilitenlarecuperación,desarrolloe
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Definición de las categorías profesionales 1.-Lasfuncionesqueseenumeran profesionales tienen la consideración de generales y fundamentales.
En consecuencia, en la definición de las funciones que corresponden a cada categoría profesional se recogen de manera no exhaustiva las actividades propias de la misma, habiendo de entenderse comprendidas también dentro de dicha definición otras actividades de carácter análogo alasdescritasqueseanconexas,homólogas, cualificación equiparable o igual y para las cuales la cualificación exigida sea suficiente, de acuerdo con las necesidades de la prestación del servicio o actividad de que se trate.
En todo caso, la concreción específica del contenido de la prestación vendrá determinada por la pertenencia a un área de actividad, las especificidades organizativas del órgano o entidad donde se presten los servicios, así como las características del puesto de trabajo.
2.-A efectos de lo previsto en este Anexo, se entiende por función el conjunto ordenado de actuaciones necesarias para la prestación de un servicio o la gestión de una actividad dotados de identidad propia dentro del normal desarrollo de los servicios públicos o del funcionamiento de la organización.
A su vez, se considera tarea cada una de las fases en que se desagrega una función o cada una de las actuaciones concretas precisas para el cumplimiento de aquélla.
3.-Los conflictos o problemas interpretativos de carácter general que se puedan plantear en relación con las funciones y tareas asignadas a cada categoría profesional se sujetarán a la consideración de la comisión paritaria, de acuerdo con las facultades que tiene atribuidas en materia de interpretación y resolución de conflictos.
Sin perjuicio de lo anterior, entre los órganos competentes en materia de personal de cada ámbitoocentroylosrespectivoscomités interpretación de funciones o protocolos de gestión que resulten precisos de conformidad con la realidad específica de dicho ámbito o centro, manteniéndose, asimismo, en vigor los acuerdos o protocolos que se hubieran celebrado con anterioridad a este convenio en todo lo que no entren en contradicción con el mismo y en tanto no se adopten otros que los modifiquen o sustituyan.
Titulado superior especialista
Pertenecen a esta categoría los trabajadores a los que, además de estar en posesión del complementaria específica, adquirida mediante título académico oficial u homologado.
Las funciones, acordes con las definidas para un área de actividad, consistirán en la realización de una actividad profesional de carácter específico y complejo, con objetivos definidos y alto grado de exigencia en los factores de iniciativa, autonomía y responsabilidad, sin que ello implique mando sobre equipos de personas, pudiendo, no obstante, coordinar las tareas a realizar por otros trabajadores pertenecientes a su área de actividad.
Titulado superior
Pertenecen a esta categoría los trabajadores a los que se exija estar en posesión del correspondiente título académico exigido para el Grupo I, facultativo o técnico. Las funciones, acordes con las definidas para un área de actividad, consistirán en la realización de una actividad profesional de carácter específico y complejo, con objetivos definidos y con alto grado de exigencia en los factores de iniciativa, autonomía y responsabilidad, sin que ello implique mando sobre equipos de personas, pudiendo, no obstante, coordinar las tareas a realizar por otros trabajadores encuadrados en su área de actividad.
Titulado medio especialista
Pertenecen a esta categoría los trabajadores a los que, además de estar en posesión del correspondientetítuloacadémicoexigido complementariaposterior,adquiridamediante funciones, relacionadas con las definidas para un área de actividad, tienen un carácter profesional específico y complejo, con objetivos definidos y con alto grado de exigencia en los factores de iniciativa, autonomía y responsabilidad, sin que ello implique mando sobre equipos de personas, pudiendo, no obstante, coordinar las tareas a realizar por otros trabajadores pertenecientes a su área de actividad.
Pág. 203 enladefinicióndelassiguientescategorías desimilarcomplejidadyquerequieranuna deempresasepodráadoptarlosacuerdosde exija unaespecialización paraelGrupoII,seexijaunaespecialización títuloacadémicooficialuhomologado.Las
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Titulado medio
Pertenecen a esta categoría los trabajadores a los que se exija estar en posesión del correspondiente título académico exigido para el Grupo II. Las funciones, acordes con las definidas para un área de actividad, consistirán en la realización de una actividad profesional de carácter específico y complejo, con objetivos definidos y con alto grado de exigencia en los factores de iniciativa, autonomía y responsabilidad, sin que ello implique mando sobre equipos de personas, pudiendo, no obstante, coordinar las tareas a realizar por otros trabajadores encuadrados en su área de actividad.
Titulado medio educador
Pertenecen a esta categoría los trabajadores a los que, habiéndoseles exigido estar en posesión de la correspondiente titulación de grado medio, desarrollan su actividad profesional que tiene un carácter especializado y complejo, con objetivos definidos y con un alto grado de exigencia en los factores de iniciativa, autonomía y responsabilidad, en los ámbitos de menores y jóvenesendificultad,desprotecciónomedidas discapacidad intelectual.
Supervisor de emergencias 112
Pertenecen a esta categoría los trabajadores a los que además de estar en posesión del correspondientetítulodegradouniversitario, posterior. Su actividad tiene un carácter profesional específico con objetivos y procedimientos generalesdefinidos,asumiendolaresponsabilidad operadores a su cargo, con alto grado de exigencia en los factores de iniciativa, autonomía, responsabilidad y conocimiento, sin necesidad de supervisión directa por parte de un superior de quien reciben instrucciones genéricas.
Las funciones a realizar dentro de los límites de responsabilidad y competencia técnicas propias de la categoría, que se consideren necesarias para el buen funcionamiento del Servicio de
Emergencias.
Diplomado especialista en enfermería
Pertenecen a esta categoría los trabajadores a los que se exija estar en posesión del título de Grado en Enfermería en la especialidad correspondiente. Las funciones consistirán en la realización de una actividad profesional de carácter específico y complejo, con objetivos definidos y con alto grado de exigencia en los factores de iniciativa, autonomía y responsabilidad, sin que ello implique mando sobre equipos de trabajadores, pudiendo, no obstante, coordinar las tareas a realizar por otros trabajadores encuadrados en su área de actividad.
Diplomado en enfermería
Pertenecen a esta categoría los trabajadores a los que se exija estar en posesión del título deDiplomadoenEnfermería.Lasfunciones profesional de carácter específico y complejo, con objetivos definidos y con alto grado de exigencia en los factores de iniciativa, autonomía y responsabilidad, sin que ello implique mando sobre equiposdetrabajadores,pudiendo,noobstante, trabajadores encuadrados en su área de actividad.
Técnico de formación en emergencias 112
Pertenecen a esta categoría los trabajadores a los que se exija estar en posesión del correspondientetítuloacadémicoexigido realizacióndeunaactividadprofesional pedagógico en materias a impartir en los centros de emergencias, con objetivos definidos y con alto grado de exigencia en los factores de iniciativa, autonomía y responsabilidad, sin que ello implique necesariamente mando sobre equipos de trabajadores, pudiendo, no obstante, coordinar las tareas a realizar por otros trabajadores encuadrados en su área de actividad.
Jefe de negociado
Pertenecenaestacategoríalos conocimientosteóricosyprácticosacordes dependencia directa de un superior de su área de actividad, de quien reciben instrucciones genéricas,dirigenycoordinan,conplena administrativa de tipo medio o del conjunto de servicios administrativos de un centro que no precise, por su reducida dimensión, de subdivisiones orgánicas en el área administrativa, estando en este supuesto bajo la dependencia del director del centro.
B.O.C.M. Núm. 112 judicialesydeatenciónapersonascon seexijaunaespecializacióncomplementaria deltrabajodelequipodesupervisióny consistiránenlarealizacióndeunaactividad coordinarlastareasarealizarporotros paraelGrupoII.Lasfuncionesconsistiránenla decarácterespecíficoycomplejo,enelaspecto trabajadoresque,estandoenposesióndelos alaformaciónprofesionalexigidaybajola responsabilidad,laactividaddeunadependencia
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Gobernante
Pertenecen a esta categoría los trabajadores que, en posesión de los conocimientos teóricos y prácticos acordes a la formación profesional exigida, con autonomía y responsabilidad, y bajoladependenciadeunsuperior,de coordinan y supervisan las actividades propias del área de servicios generales.
Técnico básico de emergencias
Pertenecen a esta categoría los trabajadores que estén en posesión del correspondiente puesto. Demuestren conocimientos técnicos, prácticos y especialización complementaria posterior, adquirida mediante título académico oficial u homologado, o mediante experiencia profesional acreditada,enalgunosdelossiguientes plataformas tecnológicas de emergencias
Ofrezcan iniciativa, autonomía, responsabilidad y conocimientos técnicos en el desempeño de su trabajo y sin necesidad de supervisión directa por parte de un superior de quien reciben instrucciones genéricas. En ausencia de éste organiza las actividades y tareas propias de su trabajo en relación a los sistemas de equipos e instalaciones encomendadas.
Educador
Pertenecen a esta categoría los trabajadores que, poseyendo los conocimientos teóricos y prácticos adecuados, con responsabilidad directa y bajo la dependencia de un superior, de quien recibeinstruccionesgenéricas,ejecutan desarrollo individual y social de las personas, pudiendo ejercer su actividad en régimen abierto o en instituciones de los ámbitos de atención infantil, de personas con discapacidad intelectual y de otras instituciones.
Técnico especialista I
Pertenecen a esta categoría los trabajadores que, en posesión de los conocimientos teóricos y prácticos acordes a la formación profesional exigida y bajo la dependencia directa de un superior,dequienrecibeinstruccionesgenéricas, trabajadores, realizan, con plena responsabilidad, alto grado de perfección e iniciativa, tareas relacionadas directamente con su especialidad dentro de su área de actividad.
Técnico especialista en artes gráficas
Pertenecen a esta categoría los trabajadores que, en posesión de los conocimientos teóricos y prácticos acordes a la formación profesional exigida y bajo la dependencia directa de un superior, de quien recibe instrucciones genéricas, realizan, con plena responsabilidad, alto grado de perfección e iniciativa, tareas relacionadas directamente con su especialidad y propias de las artes gráficas, pudiendo coordinar, en su caso, a otros trabajadores.
Supervisor de seguridad
Pertenecen a esta categoría los trabajadores que, en posesión de los conocimientos teóricos y prácticos acordes a la formación profesional exigida y bajo la dependencia directa de un superior,dequienrecibeinstruccionesgenéricas, trabajadores, realizan, con plena responsabilidad, tareas relacionadas con la supervisión y control de la seguridad en edificios e instalaciones de la Comunidad de Madrid, el mantenimiento de las comunicaciones con las unidades de actuación correspondientes y la gestión y conducción de vehículos oficiales del ámbito del órgano competente en materia de seguridad y emergencias.
Técnico especialista II
Pertenecen a esta categoría los trabajadores que, en posesión de los conocimientos teóricos y prácticos acordes a la formación profesional exigida y bajo la dependencia directa y supervisión de un superior, de quien reciben instrucciones precisas, realizan, con responsabilidad, tareas relacionadas directamente con su especialidad dentro de su área de actividad.
Técnico especialista en centros de ejecución de medidas judiciales
Pertenecen a esta categoría los trabajadores que, en posesión de los conocimientos teóricos y prácticos acordes a la formación profesional exigida, y bajo la dependencia directa y supervisión de un superior, de quien reciben instrucciones precisas, realizan, con responsabilidad, tareas relacionadas directa y exclusivamente con la actividad propia de los centros de ejecución de medidas judiciales.
Pág. 205 quienrecibeninstruccionesgenéricas,organizan, sistemastecnológicosafinesalosaplicadosen actividadesencaminadasaconseguirelmáximo pudiendocoordinar,ensucaso,aotros pudiendocoordinar,ensucaso,aotros
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Oficial administrativo
Pertenecenaestacategoríaprofesional conocimientos teóricos y prácticos acordes a la formación profesional exigida, con iniciativa y responsabilidad y bajo la dependencia directa de un trabajador de categoría superior, de quien recibeninstruccionesgenéricas,realizan coordinando, en su caso, las tareas de otros trabajadores pertenecientes a su área de actividad.
Los trabajadores pertenecientes a esta categoría deberán poseer conocimientos prácticos para el manejo de máquinas de uso ordinario de oficina incluidos los elementos informáticos a nivel de usuario.
Técnico de cocina
Pertenecen a esta categoría los trabajadores que, con dominio y ejercicio completo teórico y práctico de la actividad integral de cocina, desde la recepción hasta la preparación y elaboración de alimentos, así como el cuidado y uso de utensilios de cocina. Realizan sus funciones con capacidad plena para resolver todos los requisitos de su especialidad, y ejerciendo sus funciones con plena autonomía o bajo instrucciones genéricas de un superior que supervisa su labor.
Técnico de mantenimiento
Pertenecen a esta categoría los trabajadores que, con dominio teórico y práctico de un oficio o actividad, realizan sus funciones con capacidad suficiente para afrontar y resolver todos los requisitos de su especialidad, o de especialidades conexas, y ejerciendo sus funciones con plena autonomía o bajo instrucciones genéricas de un superior que supervisa su labor.
Técnico agropecuario
Pertenecen a esta categoría los trabajadores que, con dominio teórico y práctico de la actividadagrícola, forestalo pecuaria, realizan sus funciones con capacidad suficiente para afrontar y resolver todos los requisitos de su especialidad, y ejerciendo sus funciones con plena autonomía o bajo instrucciones genéricas de un superior que supervisa su labor.
Gestor de emergencias 112
Pertenecen a esta categoría los trabajadores que, en posesión de los conocimientos teóricos y prácticos acordes a la formación profesional exigida y bajo la dependencia directa y supervisión de un superior de quien reciben instrucciones precisas, realizan, con responsabilidad, tareas relacionadas directamente con su especialidad dentro de su área de actividad y de acuerdo con los procedimientos de actuación establecidos.
Conductor
Pertenecen a esta categoría los trabajadores que, estando en posesión del permiso de conducción correspondiente que les habilita para conducir vehículos automóviles, incluidos los de pasajeros y especiales, así como maquinaria pesada de todo tipo, incluida la de obras públicas, tanto sobre ruedas como sobre cadenas, sin sujeción a potencia y tonelaje, manejan y conducen con total dominio y adecuado rendimiento dichos vehículos.
Los trabajadores pertenecientes a esta categoría profesional deberán poseer conocimientos elementales de mecánica, y realizar las tareas de conservación y reparación de las averías más elementales.
Técnico especialista III
Pertenecen a esta categoría los trabajadores que, en posesión de los conocimientos teóricos y prácticos acordes a la formación profesional exigida, bajo la dependencia y supervisión directa de un superior, de quien reciben instrucciones estables que, no obstante, requieren cierta eleccióneinterpretación,realizan,conresponsabilidad especialidad y área de actividad.
Monitor
Pertenecen a esta categoría los trabajadores que, poseyendo los conocimientos teóricos y prácticos adecuados, con responsabilidad directa y bajo la dependencia de un superior que programa su actividad y los objetivos a conseguir, ejecutan labores de apoyo encaminadas a posibilitar tanto el aprendizaje y perfeccionamiento de hábitos deportivos, como la integración social o familiar de personas con desajustes físicos o psíquicos.
Auxiliar administrativo
Pertenecen a esta categoría los trabajadores que, con responsabilidad restringida y bajo la dependencia directa de un superior, realizan actividades administrativas de carácter elemental, consistentes en operaciones realizadas siguiendo un método de trabajo preciso y concreto.
B.O.C.M. Núm. 112 lostrabajadoresque,enposesióndelos actividadesadministrativasdecaráctergeneral, yperfección,tareaspropiasdesu
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Técnico auxiliar
Pertenecen a esta categoría los trabajadores que, en posesión de los conocimientos teóricosyprácticosacordesasuformación directamenteporunsuperior,delque directamente relacionadas con su especialidad y área de actividad.
Cuando el trabajador desempeñe su trabajo con personas con discapacidad intelectual prestará la atención al usuario en las actividades básicas de su vida diaria con el alcance e intensidad que corresponda, acompañará al usuario a consultas, urgencias y actividades colectivas programadas cuando así se disponga y aplicará o repartirá la medicación oral, tópica y gotas (ópticas u oculares) preparada por el diplomado en enfermería cumpliendo las indicaciones de éste. Asimismo, corresponderá el cuidado y la higiene de las prótesis y de las ayudas técnicas si están utilizándose por el usuario.
Socorrista
Pertenecen a esta categoría los trabajadores que, en posesión de los conocimientos específicoscorrespondientesyresponsabilidad ayuda, auxilio y cumplimiento de normas de comportamiento de los usuarios en instalaciones deportivas, y para cuya realización se requiere atención especial, estando su labor supervisada por un superior, de quien reciben instrucciones genéricas.
Cuando el trabajador incluido en esta categoría desempeñe su trabajo en instalaciones con funcionamiento de temporada, colaborarán, cuando éstas se encuentren fuera de servicio, en la enseñanza de los rudimentos de la actividad deportiva, bajo la dependencia de un superior perteneciente a su área de actividad.
Técnico en cuidados auxiliares de enfermería
Pertenecen a esta categoría los trabajadores que, en posesión del correspondiente título de
Formación Profesional de Grado Medio rama sanitaria o equivalente, bajo la dependencia directa del supervisor de la unidad o la coordinación de un diplomado en enfermería realizan actividades auxiliares de la asistencia sanitaria.
En los centros de servicios sociales corresponde a esta categoría profesional atender al usuario en las actividades básicas de su vida diaria con el alcance e intensidad que corresponda, acompañar al usuario a consultas, urgencias y actividades colectivas programadas y aplicar o repartir la medicación (oral, tópica o gotas ópticas u oculares) preparada por el diplomado en enfermeríacumpliendolasindicacionesde profesional hacer las camas de los usuarios encamados, así como el cuidado y la higiene de las prótesis y de las ayudas técnicas si están utilizándose por el usuario.
Auxiliar de control e información
Pertenecen a esta categoría los trabajadores encargados de ejecutar labores relacionadas con la información, comunicación y control del centro de trabajo, tanto en su vertiente interna como externa, tareas auxiliares de gestión como traslado de documentos y enseres de escaso volumen, reprografía, etc, así como tareas relacionadas con la utilización ordinaria de las instalaciones, para cuya realización se requiere atención especial, dependiendo directamente de un superior del que reciben instrucciones genéricas y supervisa su labor.
Personal auxiliar de servicios
Pertenecen a esta categoría los trabajadores, que bajo la supervisión o dependencia de un superior realizan:
a)Labores auxiliares de carácter general o de una actividad específica, para cuya realización puede ser preciso esfuerzo físico, no siendo su actividad constitutiva de un oficio determinado. En el área asistencial entre sus funciones se incluye la de realizar el traslado de pacientes.
b)Labores comprendidas o relacionadas con el ámbito de la hostelería y servicios complementarios en su más amplio sentido (limpieza, lencería, alimentación, etcétera), para cuya realización se requiere adiestramiento elemental.
c)Laboresauxiliaresdecocina elemental.
Pág. 207 profesional,estandosutrabajosupervisado recibeninstruccionesprecisas,realizanfunciones directa,ejecutanlaboresrelacionadasconla éste.Asimismo,correspondeaestacategoría paracuyarealizaciónserequiereadiestramiento
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Pág. 208MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE 2021
GRUPOS PROFESIONALES, NIVELES RETRIBUTIVOS, CATEGORÍAS PROFESIONALES Y ÁREAS DE ACTIVIDAD
GRUPONIVEL RETRIBUTIVO 10TITULADO SUPERIOR ESPECIALISTA
I 9TITULADO SUPERIOR
TITULADO MEDIO ESPECIALISTA 8DIPLOMADO EN ENFERMERIA ESPECIALISTA
SUPERVISOR DE EMERGENCIAS 112
IITITULADO MEDIO
TITULADO MEDIO EDUCADOR 7
DIPLOMADO EN ENFERMERÍA
TECNICO DE FORMACIÓN EN EMERGENCIAS 112
JEFE DE NEGOCIADO
GOBERNANTE
GESTOR DE EMERGENCIAS 112
TÉCNICO BÁSICO DE EMERGENCIAS 112 6
EDUCADOR
TÉCNICO ESPECIALISTA I
TÉCNICO ESPECIALISTA EN ARTES GRÁFICAS
SUPERVISOR DE SEGURIDAD
IIITÉCNICO ESPECIALISTA II
TÉCNICO ESPECIALISTA EN CENTROS DE EJECUCIÓN DE MEDIDAS
JUDICIALES
OFICIAL ADMINISTRATIVO 5TÉCNICO DE COCINA
TÉCNICO DE MANTENIMIENTO
TÉCNICO AGROPECUARIO
CONDUCTOR
TÉCNICO ESPECIALISTA III 4
MONITOR
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
TÉCNICO AUXILIAR
IV3
SOCORRISTA
TÉCNICO EN CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA 2AUXILIAR DE CONTROL E INFORMACIÓN
V 1PERSONAL AUXILIAR DE SERVICIOS
EQUIVALENCIAS DE LAS CATEGORÍAS PROFESIONALES DEL PRESENTE CONVENIO Y DEL CONVENIO 2004-2007
- ÁREA A
NUEVA CATEGORÍA PROFESIONAL (CONVENIO ACTUAL)
TITULADO SUPERIOR ESPECIALISTA, ÁREA A, NIVEL 10
TITULADO SUPERIOR, ÁREA A, NIVEL 9
TITULADO MEDIO ESPECIALISTA, ÁREA A, NIVEL 8
TITULADO MEDIO, ÁREA A, NIVEL 7
JEFE DE NEGOCIADO, ÁREA A, NIVEL 6
TÉCNICO ESPECIALISTA I, ÁREA A, NIVEL 6
TÉCNICO ESPECIALISTA II, ÁREA A, NIVEL 5
OFICIAL ADMINISTRATIVO, ÁREA A, NIVEL 5
AUXILIAR ADMINISTRATIVO, ÁREA A, NIVEL 3
- ÁREA B
NUEVA CATEGORÍA PROFESIONAL (CONVENIO ACTUAL)
TITULADO SUPERIOR ESPECIALISTA,
ÁREA B, NIVEL 10
TITULADO SUPERIOR, ÁREA B, NIVEL 9
SUPERVISOR DE EMERGENCIAS 112, ÁREA B, NIVEL 8
TITULADO MEDIO ESPECIALISTA, ÁREA B, NIVEL 8
TECNICO DE FORMACIÓN EN EMERGENCIAS 112, AREA B,
NIVEL 7
TITULADO MEDIO, ÁREA B, NIVEL 7
GESTOR DE EMERGENCIAS 112, ÁREA B, NIVEL 6
TÉCNICO BASICO DE EMERGENCIAS 112, ÁREA B, NIVEL 6
GOBERNANTE, ÁREA B, NIVEL 6
TÉCNICO ESPECIALISTA I, ÁREA B, NIVEL 6
B.O.C.M. Núm. 112
CATEGORÍA PROFESIONALÁREA DE
ACTIVIDAD
A, B, C, D
A, B, C, D
A, B, C, D
D
B
A, B, C, D
C
D
B
A
B
B
B
C
A, B, C,D
B
B
A, B, C
C
A
B
B
B
B
C
D
A
B,C, D
C
D
B
B
ANTIGUA CATEGORÍA PROFESIONAL (CONVENIO 2004-2007)
TITULADO SUPERIOR ESPECIALISTA, ÁREA A, NIVEL 10
ANALISTA DE SISTEMAS, ÁREA A, NIVEL 10
TITULADO SUPERIOR, ÁREA A, NIVEL 9
TITULADO MEDIO ESPECIALISTA, ÁREA A, NIVEL 8
TITULADO MEDIO, ÁREA A, NIVEL 7
ANALISTA PROGRAMADOR, ÁREA A, NIVEL 7
JEFE DE NEGOCIADO, ÁREA A, NIVEL 6
TÉCNICO ESPECIALISTA I, ÁREA A, NIVEL 6
TÉCNICO ESPECIALISTA II, ÁREA A, NIVEL 5
OFICIAL ADMINISTRATIVO, ÁREA A, NIVEL 5
OPERADOR DE INFORMÁTICA, ÁREA A, NIVEL 5
TÉCNICO ESPECIALISTA III (ESTENOTIPISTA), ÁREA A, NIVEL 4
AUXILIAR ADMINISTRATIVO, ÁREA A, NIVEL 3
RECEPCIONISTA, ÁREA C, NIVEL 3
ANTIGUA CATEGORÍA PROFESIONAL (CONVENIO 2004-2007)
TITULADO SUPERIOR ESPECIALISTA, ÁREA B, NIVEL 10
TITULADO SUPERIOR ESPECIALISTA, ÁREA C, NIVEL 10
TITULADO SUPERIOR, ÁREA B, NIVEL 9
TITULADO SUPERIOR, ÁREA C, NIVEL 9
SUPERVISOR DE EMERGENCIAS 112, ÁREA B, NIVEL 7
TITULADO MEDIO ESPECIALISTA, ÁREA B, NIVEL 8 TITULADO MEDIO
ESPECIALISTA, ÁREA C, NIVEL8
TECNICO DE FORMACIÓN EN EMERGENCIAS 112, AREA B, NIVEL 7
TITULADO MEDIO, ÁREA B, NIVEL 7
TITULADO MEDIO, ÁREA C, NIVEL 7
OPERADOR DE EMERGENCIAS 112, ÁREA B, NIVEL 5
SUPERVISOR AYUDANTE DE EMERGENCIAS 112, ÁREA B, NIVEL 6
TÉCNICO BÁSICO DE EMERGENCIAS 112, ÁREA B, NIVEL 6
GOBERNANTA I, ÁREA C, NIVEL 6
GOBERNANTA II, ÁREA C, NIVEL 5
TÉCNICO ESPECIALISTA I, ÁREA B, NIVEL 6
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
BOCM
B.O.C.M. Núm. 112MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE 2021
NUEVA CATEGORÍA PROFESIONAL (CONVENIO ACTUAL)
TÉCNICO ESPECIALISTA EN ARTES GRÁFICAS, ÁREA B, NIVEL 6
SUPERVISOR DE SEGURIDAD, AREA B, NIVEL 6
TÉCNICO ESPECIALISTA II, ÁREA B, NIVEL 5
TÉCNICO DE COCINA, ÁREA B, NIVEL 5
TÉCNICO DE MANTENIMIENTO, ÁREA B, NIVEL 5
TÉCNICO AGROPECUARIO, ÁREA B, NIVEL 5
CONDUCTOR, ÁREA B, NIVEL 5
TÉCNICO AUXILIAR, ÁREA B, NIVEL 3
AUXILIAR DE CONTROL E INFORMACIÓN, ÁREA B, NIVEL 2
PERSONAL AUXILIAR DE SERVICIOS, ÁREA B, NIVEL 1
- ÁREA C
NUEVA CATEGORÍA PROFESIONAL (CONVENIO ACTUAL)
TITULADO SUPERIOR ESPECIALISTA, ÁREA C, NIVEL 10
TITULADO SUPERIOR, ÁREA C, NIVEL 9
TITULADO MEDIO ESPECIALISTA, NIVEL 8
TITULADO MEDIO, ÁREA C, NIVEL 7
TITULADO MEDIO EDUCADOR, ÁREA C, NIVEL 7
EDUCADOR, ÁREA C, NIVEL 6
TÉCNICO ESPECIALISTA I, ÁREA C, NIVEL 6
TÉCNICO ESPECIALISTA II, ÁREA C, NIVEL 5
TÉCNICO ESPECIALISTA EN CENTROS DE EJECUCIÓN DE
MEDIDAS JUDICIALES, ÁREA C, NIVEL 5
TÉCNICO ESPECIALISTA III, ÁREA C, NIVEL 4
TÉCNICO AUXILIAR, ÁREA C, NIVEL 3
SOCORRISTA, ÁREA C, NIVEL 3
- ÁREA D
NUEVA CATEGORÍA PROFESIONAL (CONVENIO ACTUAL)
TITULADO SUPERIOR ESPECIALISTA, ÁREA D, NIVEL 10
TITULADO SUPERIOR, ÁREA D, NIVEL 9
TITULADO MEDIO ESPECIALISTA, ÁREA D, NIVEL 8
DIPLOMADO EN ENFERMERÍA ESPECIALISTA
TITULADO MEDIO, ÁREA D, NIVEL 7
DIPLOMADO EN ENFERMERÍA, ÁREA D, NIVEL 7
TÉCNICO ESPECIALISTA I, ÁREA D, NIVEL 6
MONITOR, ÁREA D, NIVEL 4
TÉCNICO EN CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA, ÁREA D,
NIVEL 3
TÉCNICO AUXILIAR, ÁREA D, NIVEL 3
Pág. 209
ANTIGUA CATEGORÍA PROFESIONAL (CONVENIO 2004-2007)
TÉCNICO ESPECIALISTA I, ÁREA F, NIVEL 6
TÉCNICO ESPECIALISTA II, ÁREA F, NIVEL 5
TÉCNICO ESPECIALISTA III, ÁREA F, NIVEL 4
TECNICO ESPECIALISTA II (EN SEGURIDAD) AREA C, NIVEL 5.
TÉCNICO ESPECIALISTA II, ÁREA B, NIVEL 5
TÉCNICO ESPECIALISTA III, ÁREA B, NIVEL 4
TÉCNICO AUXILIAR, ÁREA B (EMISORISTA),
NIVEL 3
COCINERO, ÁREA B, NIVEL 4
ENCARGADO II, ÁREA B, NIVEL 4
OFICIAL DE CONSERVACIÓN, ÁREA B, NIVEL 4
OFICIAL AGROPECUARIO, ÁREA B, NIVEL 4
CONDUCTOR, ÁREA B, NIVEL 4
TÉCNICO AUXILIAR, ÁREA B, NIVEL 3
TÉCNICO AUXILIAR (SEGURIDAD), ÁREA C, NIVEL 3
AUXILIAR DE CONTROL E INFORMACIÓN, ÁREA C, NIVEL 2
AUXILIAR DE OBRAS Y SERVICIOS. ÁREAS B Y C, NIVEL 1
AUXILIAR DE HOSTELERIA, ÁREA C, NIVEL 1
PINCHE DE COCINA, ÁREA B, NIVEL 1
ANTIGUA CATEGORÍA PROFESIONAL (CONVENIO 2004-2007)
TITULADO SUPERIOR ESPECIALISTA, ÁREA E, NIVEL 10
TITULADO SUPERIOR, ÁREA E, NIVEL 9
TITULADO MEDIO ESPECIALISTA, NIVEL 8
TITULADO MEDIO E, NIVEL 7
TITULADO MEDIO EDUCADOR, ÁREA E, NIVEL 7
EDUCADOR, ÁREA E, NIVEL 6
TECNICO ESPECIALISTA I, ÁREA E, NIVEL 6
TÉCNICO ESPECIALISTA II, ÁREA E, NIVEL 5
SIN EQUIVALENCIA
TÉCNICO ESPECIALISTA III, ÁREA E, NIVEL 4
MONITOR ,ÁREA E, NIVEL 4
TÉCNICO AUXILIAR, ÁREA E, NIVEL 3
SOCORRISTA, ÁREA E, NIVEL 3
ANTIGUA CATEGORÍA PROFESIONAL (CONVENIO 2004-2007)
TITULADO SUPERIOR ESPECIALISTA, NIVEL 10
TITULADO SUPERIOR, ÁREA D, NIVEL 9
TITULADO MEDIO ESPECIALISTA, ÁREA D, NIVEL 8
SIN EQUIVALENCIA
TITULADO MEDIO, ÁREA D, NIVEL 7
DIPLOMADO EN ENFERMERÍA, ÁREA D, NIVEL 7
TÉCNICO ESPECIALISTA I, ÁREA D, NIVEL 6
TÉCNICO ESPECIALISTA II, ÁREA A, NIVEL 5 (DOCUMENTACIÓN
SANITARIA - PERSONAL DE HOSPITALES INTEGRADOS EN EL 2016
EN EL SERMAS)
TÉCNICO AUXILIAR, ÁREA D, NIVEL 3 (AUXILIAR DE AUTOPSIA)
MONITOR, ÁREA D, NIVEL 4
AUXILIARES DE ENFERMERÍA, ÁREA D, NIVEL 3
TÉCNICO AUXILIAR, ÁREA D, NIVEL 3
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Pág. 210MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE 2021B.O.C.M. Núm. 112
CATEGORÍAS A EXTINGUIR
NIVEL 11
Jefe de Servicio Médico (Sanidad).
Jefe Clínico (Sanidad).
Director de Personal de Centros Escolares.
Director de Desarrollo Corporativo 112.
Jefe de Imagen 112
Coordinador 112.
Ingeniero Técnico Telecomunicaciones 112.
Supervisor de Instalaciones 112.
Jefe de Departamento.
Jefe de Unidad.
Jefe Programas Asistenciales.
Auxiliar de Hostelería.
Auxiliar de Obras y Servicios.
Pinche de Cocina.
NIVEL 10
Titulado Superior Especialista IMADE.
Director de Sistemas 112.
Director de Administración y Finanzas 112.
Director de Servicios Generales y Seguridad 112.
Administrador Base de Datos 112.
Titulado Superior Especialista 112.
NIVEL 9
Adjunto.
Redactor-jefe.
Responsable de compras (Sanidad).
Titulado Superior Turmadrid.
Titulado Superior IMADE.
Titulado Superior Especialista 112.
Jefe Administración Sección.
Licenciada 112.
Licenciada en derecho 112.
Licenciada en periodismo 112.
Periodista 112.
NIVEL 8
Supervisor (Sanidad).
ATS-Fisioterapeuta.
Titulado Medio Especialista IMADE.
NIVEL 7
Educador Grado Medio.
Jefe de Contabilidad (Centros).
Jefe de Administración (imprenta).
Titulado medio Turmadrid.
Técnico de Formación 112.
Técnico de Mantenimiento de Sistemas 112.
Titulado Grado Medio 112.
Técnico 112.
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B.O.C.M. Núm. 112MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE 2021Pág. 211
NIVEL 6
Auxiliar Especialista (Sanidad).
Secretaria de Dirección 112
Técnico de Mantenimiento 112
Jefe de cocina (antiguas categorías de Jefe de cocina I y II), área B.
Jefe de conservación, área B.
Encargado I, área B.
NIVEL 5
Encargado Grupo B (Sanidad).
Oficial Administrativo Turmadrid.
Oficial 3ª.
Jefe de equipo, área B.
Jefe de equipo, área C.
NIVEL 4
Técnico especialista III, área C (Reprografía).
Encargado II, área C
NIVEL 3
Camarero Cafetería (H.G.U.G.M.)
Encargado Grupo.
Ayudante de control y mantenimiento, área B.
Ayudante de conservación, área B.
Ayudante de cocina, área B.
Ayudante agropecuario, área B.
Encargado III, área C nivel 3
Técnico auxiliar, área F.
CATEGORÍAS SUPRIMIDAS SIN OCUPANTES.
Técnico especialista I, área C (Seguridad).
Técnico medio de emergencias 112, área B, nivel 7.
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TABLA SALARIAL DE PUESTOS DE CATEGORÍA
GRUPOSALARIOPAGA
NIVEL
PROFESIONALMENSUALADICIONAL 11.239,63668,10
V 21.247,75668,10
IV31.322,78769,62 41.488,60897,94
III51.598,52897,94 61.751,06897,94 71.959,471.154,40
II 82.047,811.154,40 92.253,431.410,98
I 102.450,601.410,98
TABLA SALARIAL DE PUESTOS DE CATEGORÍA A EXTINGUIR NIVEL 1
GRUPOSALARIO
NIVEL
PROFESIONALMENSUAL
V11.190,12
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COMPLEMENTO
JORNADATURNOFUNCIONES
NOCTURNAVARIABLEASISTENCIALES
MENSUALMENSUALMENSUAL(En 12 mensualidades)
309,91309,91 311,94311,94 330,70330,7066,14 372,15372,1574,43 399,63399,63 437,77437,7787,55 489,87489,8797,97 511,95511,95102,39 563,36563,36112,67 612,65612,65122,53
JORNADATURNO
PAGA
NOCTURNAVARIABLE
ADICIONAL
MENSUALMENSUAL 641,38297,53297,53
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B.O.C.M. Núm. 112MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE 2021
TABLAS SALARIALES PARA PUESTOS FUNCIONALES
NIVEL 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23
TABLAS SALARIALES PARA PUESTOS FUNCIONALES SECRETARIAS DE DIRECCIÓN
VICECONSEJEROS
DIR. GRAL./S.G.T./GERENTE
SEC. GRAL./IVIMA/C.R.T./OTROS
JEFE DE SERVICIO
TABLAS SALARIALES PARA PUESTOS DE CARRERA
NIVEL 22 21 20 19 18 17 16 15 14 13 12 11 10 9 8 7 6 5 4 3 2 1
Pág. 215
SALARIOPAGA
MENSUALADICIONAL 1.897,071.410,98 2.030,291.410,98 2.132,221.410,98 2.220,321.410,98 2.318,601.410,98 2.441,701.410,98 2.592,821.410,98 2.666,151.410,98 2.841,101.410,98 3.017,331.410,98 3.178,221.410,98 3.295,701.410,98 3.523,911.410,98 3.680,551.410,98 3.758,931.410,98 3.837,221.410,98 3.993,881.410,98 4.139,741.410,98 4.296,401.410,98 4.453,051.410,98 4.609,691.410,98 4.766,421.410,98 4.845,241.410,98 1.953,43 1.838,00 1.651,67 1.607,96
SALARIOPAGA
MENSUALADICIONAL 4.139,741.410,98 3.993,881.410,98 3.758,931.410,98 3.680,551.410,98 3.523,911.410,98 3.295,701.410,98 3.178,221.410,98 3.017,331.410,98 2.841,101.410,98 2.666,151.410,98 2.592,821.410,98 2.441,701.410,98 2.318,601.410,98 2.220,321.410,98 2.132,221.410,98 2.030,291.410,98 1.828,291.410,98 1.714,431.410,98 1.600,181.410,98 1.531,581.410,98 1.408,691.410,98 1.344,521.410,98
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COMPLEMENTO PUESTO DE EDUCADOR
GRUPO
PROFESIONAL
III
RELACIÓN DE ESPECIALIDADES VIGENTES
ÁREA DEGRUPOCATEGORÍA
ACTIVIDADPROFESIONALPROFESIONAL
AITitulado superior
AIITitulado medio
AIIITécnico especialista I
BITitulado superior especialista
BITitulado superior
BIITitulado medio especialista
BIITitulado medio
BIIITécnico especialista I
BIIITécnico especialista II
BIIITécnico agropecuario
BIIITécnico de mantenimiento
BIIIConductor
BIVTécnico auxiliar
BVAuxiliares de control e información
CIIIEducador
CIIITécnico especialista I
DITitulado superior especialista
B.O.C.M. Núm. 112
NIVELMENSUAL 6224,91
ESPECIALIDADES
Traductor-intérprete (en la relación de puestos de trabajo se indicará el idioma o los idiomas concretos establecidos para cada puesto)
Perito judicial (en la relación de puestos de trabajo se indicará expresamente la materia sobre la que se realice las funciones de peritaje)
Perito judicial (en la relación de puestos de trabajo se indicará expresamente la materia sobre la que se realice las funciones de peritaje)
Investigación agropecuaria, alimentaria y medio ambiental
Investigación agropecuaria, alimentaria y medio ambiental
Investigación agropecuaria, alimentaria y medio ambiental
Investigación agropecuaria, alimentaria y medio ambiental
Investigación agropecuaria, alimentaria y medio ambiental
Imagen y sonido
Gestión de técnicas y tecnologías del espectáculo (en la relación de puestos de trabajo se indicará expresamente, en su caso, el perfil profesional correspondiente).
Investigación agropecuaria, alimentaria y medio ambiental
Sastrería
Fotografía
Emisorista
Investigación agropecuaria, alimentaria y medio ambiental
Vigilancia-incendios forestales
Apoyo a la extinción de incendios forestales
Apoyo a la extinción de incendios forestales
Mecánica
Vigilancia-incendios forestales
Personas con discapacidad intelectual
Educación de centros de educación infantil
Otras instituciones
Integrador social
Cestería
Jardinería
Encuadernación
Cerámica
Artesanía textil
Artesanía de la madera
Hostelería
Enseñanzas y animación socio-deportiva
Animación socio-cultural
Artes escénicas
Obstetricia y ginecología
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ÁREA DEGRUPOCATEGORÍA
ACTIVIDADPROFESIONALPROFESIONAL
Pág. 217
ESPECIALIDADES
Análisis clínicos
Oncología médica
Estomatología
Reumatología
Medicina interna
Angiología y cirugía vascular
Farmacia hospitalaria
Cirugía general y del aparato digestivo
Anatomía patológica
Otorrinolaringología
Medicina nuclear
Farmacología clínica
Cirugía torácica
Neumología
Física
Neurología
Bioquímica clínica
Cirugía plástica, estética y reparadora
Neurofisiología clínica
Alergología
Cirugía cardiovascular
Medicina intensiva
Radiofísica hospitalaria
Radiodiagnóstico
Cirugía ortopédica y traumatología
Psicología clínica
Cardiología
Pediatría y sus áreas específicas
Oncología radioterápica
Psiquiatría
Urología
Hematología y hemoterapia
Anestesiología y reanimación
Cirugía oral y maxilofacial
Oftalmología
Neurocirugía
Medicina preventiva y salud pública
Aparato digestivo
Medicina familiar y comunitaria
Geriatría
Admisión y documentación clínica
Dermatología médico-quirúrgica y venereología
Pediatría (sin área)
Pediatría (cardiología)
Pediatría (digestivo)
Pediatría (infecciosas)
Pediatría (medicina intensiva)
Pediatría (neonatología)
Pediatría (neurología)
Pediatría (oncohematología)
Psiquiatría (actividad con niños y adolescentes)
Dermatología
Rehabilitación
Pediatría (área nefrología)
Cirugía pediátrica general
Medicina física y rehabilitación
Microbiología y parasitología
Inmunología
Nefrología
Cirugía pediátrica
Endocrinología y nutrición
Medicina del trabajo
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Pág. 218MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE 2021
ÁREA DEGRUPOCATEGORÍA
ACTIVIDADPROFESIONALPROFESIONAL
DITitulado superior
DIITitulado medio especialista
DIITitulado medio
DIIDiplomado en enfermería especialista
DIIITécnico especialista I
DIIIMonitor
DIVTécnico auxiliar
RELACIÓN DE ESPECIALIDADES A EXTINGUIR
ÁREA DEGRUPOCATEGORÍA
ACTIVIDADPROFESIONALPROFESIONAL
AITitulado superior especialista
AITitulado superior
AIITitulado medio
B.O.C.M. Núm. 112
ESPECIALIDADES
Medicina
Psicología general sanitaria
Pedagogía
Radiofísica hospitalaria
Obstetricia-ginecología (matrón/a)
Salud mental
Optometría
Logopedia
Psicomotricista
Terapia ocupacional
Estimulador/a
Trabajo social
Fisioterapia
Enfermería geriátrica
Enfermería de salud mental
Enfermería familiar y comunitaria
Enfermería del trabajo
Enfermería pediátrica
Anatomía patológica
Medicina nuclear
Radioterapia
Documentación sanitaria
Radiodianóstico
Oncología radioterápica
Autopsias
Salud mental
Laboratorio
Audiología protésica
Terapia ocupacional
Farmacia
ESPECIALIDADES
Documentalista
Economía
Archivos
Bibliotecas
Museos
Área jurídica
Economía
Derecho
Psicología
Geografía e Historia
Historia del Arte
Periodismo
Sociología
Filologia hispánica
Filosofía
Ciencias empresariales
Ciencias de la información
Arqueología
Gestión hospitalaria
Archivos
Museos
Economía
Derecho
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ÁREA DEGRUPOCATEGORÍA
ACTIVIDADPROFESIONALPROFESIONAL
AIIITécnico especialista I
AIIITécnico especialista II
BITitulado superior
BIITitulado medio
XIIIEncargado I (a extinguir)
(anteriormente B)
BIIITécnico especialista I
BIIIConductor
XIIIJefe de equipo (a extinguir)
(anteriormente B)
BIIITécnico de mantenimiento
BIIITécnico especialista II
Pág. 219
ESPECIALIDADES
Estadística
Biblioteconomía
Ciencias empresariales
Graduado social
Técnicoenempresasyactividades turísticas
Consumo-economía doméstica
Biblioteconomía
Biblioteconomía
Inspección de transporte
Bibliobuses
Biología
Arquitectura superior
Física
Farmacia
Geología
Ingeniero agrónomo
Química
Ingenierodecaminos,canalesy puertos
Ingeniería de montes
Ingeniería industrial
Ingeniería de minas
Veterinaria
Arquitectura técnica
Ingeniería técnica
Ingeniería técnica forestal
Ingeniería técnica industrial
Ingeniero técnico agrícola
Ingeniería técnica obras públicas
Topografía
Técnico orientación profesional de minusválidos
Apoyoextincióndeincendios forestales
Construcción y obras
Química
Salud ambiental
Delineación
Carnet
Carnet B
Carnet B tractor
Carnet C
Carnet C1
Carnet BTP
Carnet D1
Agraria
Construcción, albañilería y pocería (y afines)
Carpintería
Cerrajería
Electricidad (y afines)
Fontanería (y afines)
Pintura
Jardinería
Obras públicas (vigilancia de obras)
Química
Construcción y obras
Topografía
Delineación
Salud ambiental
Analista de laboratorio
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Pág. 220MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE 2021
ÁREA DEGRUPOCATEGORÍA
ACTIVIDADPROFESIONALPROFESIONAL
BIIITécnico especialista III
BIVTécnico auxiliar
CITitulado superior
CIITitulado medio
DITitulado superior especialista
DITitulado superior
DIIDiplomado en enfermería
ESPECIALIDADES UNIFICADAS Y CAMBIOS DE DENOMINACIÓN
ESPECIALIDAD DEL ANEXO I
Titulado superior, grupo I, área A, especialidad de traductor-intérprete
Titulado medio, grupo II, área A, especialidad de perito judicial
TécnicoespecialistaI,grupoIII,áreaA, especialidad de peritor judicial
Técnicodemantenimiento,grupoIII,áreaB, especialidaddeapoyoalaextinciónde incendios forestales
Conductor,grupoIII,áreaB,especialidadde apoyo a la extinción de incendios forestales
Educador,grupoIII,áreaC,especialidadde personas con discapacidad intelectual
Educador,grupoIII,áreaC,especialidadde educador de centros de educación infantil
TécnicoespecialistaI,grupoIII,áreaC, especialidad de artesanía de la madera
TécnicoespecialistaI,grupoIII,áreaC, especialidad de cerámica
TécnicoespecialistaI,grupoIII,áreaC, especialidad de cestería http://www.bocm.esBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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ESPECIALIDADES
Electricidad
Reprografía
Emisorista
Psicopedagogía
Geografía e historia
Sistemas electrónicos
Imagen y sonido
Maestro
Educación infantil
Proc. y prod. artes gráficas
Prevención de riesgos laborales
Biología
Salud pública
Física
Farmacia
Prevención de riesgos laborales
Veterinaria
Prevención de riesgos laborales
ANTIGUAS ESPECIALIDADES/DENOMINACIONES
Titulado superior, grupo I, área A, especialidades:
-
Alemán-inglés.
-
Árabe.
-
Árabe-francés.
-
Chino-inglés.
-
Francés.
-
Inglés-francés.
-
Polaco.
-
Portugués.
-
Portugués-inglés.
Titulado medio, grupo II, área A, especialidades:
-
Arte.
-
Joyas.
-
Contabilidad.
-
Inmuebles.
-
Muebles.
-
Automóviles.
-
Caligrafía.
Técnico especialista I, grupo III, área A, especialidades:
-
Automóviles.
-
Caligrafía.
-
Joyas.
-
Muebles.
Oficial de conservación, grupo III, área B, especialidad de auxiliar de bombero
Conductor, grupo III, área B, especialidad de auxiliar de bombero conductor carnet C2
Educador, grupo III, área C, especialidad de disminuidos psíquicos
Educador, grupo III, área C, especialidad de educación infantil
Técnico especialista I, grupo III, área C, especialidades:
-
Artesanía de la madera
-
Madera
Técnico especialista I, grupo III, área C, especialidad de cerámica,yTécnicoespecialistaI,grupoIII,áreaD, especialidad de barro
Técnico especialista I, grupo III, área C, especialidad de cestería y Técnico especialista I, área D, especialidad de cestería (03/15.381/21)BOCM-20210512-2
D. L.: M. 19.462-1983ISSN 1989-4791