EUROJUST y EUROPOL: Agencias de Cooperación Judicial y Policial de la UE
1. EUROJUST — Agencia de la UE para la Cooperación Judicial Penal
1.1 Naturaleza y función
EUROJUST es la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal. Ayuda a los países de la Unión Europea a luchar contra el terrorismo y las formas graves de delincuencia organizada, coordinando las investigaciones judiciales que afecten como mínimo a dos países de la Unión. No debe confundirse con EUROPOL (cooperación policial) ni con INTERPOL (organización policial internacional).
1.2 Sede
La sede de EUROJUST se encuentra en La Haya (Países Bajos), según su Reglamento (no en Bruselas, no en Lyon, no en Varsovia).
1.3 El Colegio de EUROJUST
El Colegio es el órgano principal de EUROJUST. Está compuesto por:
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Un miembro nacional por cada Estado Miembro de la UE (incluida Dinamarca, a diferencia de otros mecanismos UE).
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Cada miembro nacional tiene un mandato de cinco años, renovable una sola vez.
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Cada miembro nacional puede estar asistido por adjuntos o asistentes adicionales; en caso necesario y previa aprobación del Colegio, estos últimos podrán tener su lugar de trabajo habitual en EUROJUST.
Incorrecto: Dos miembros por Estado Miembro. La composición es uno por Estado.
1.4 Presidente de EUROJUST
El Presidente de EUROJUST es elegido para un mandato de cuatro años, con un límite de dos mandatos (no cinco años, no seis años, no un solo mandato irrepetible).
1.5 Director Administrativo de EUROJUST
El Colegio designará al Director Administrativo de entre una lista de candidatos propuestos por el Consejo Ejecutivo (no la Comisión, no la Asamblea Parlamentaria, no el propio Consejo Ejecutivo directamente).
1.6 Funciones adicionales
EUROJUST acoge la secretaría de la Red de investigación y persecución del genocidio, los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra.
2. EUROPOL — Oficina Europea de Policía
2.1 Naturaleza y función
EUROPOL es la agencia de cooperación policial de la UE. Su función es apoyar y reforzar la acción de las autoridades policiales de los Estados Miembros y su mutua cooperación en la prevención y lucha contra la delincuencia grave internacional y el terrorismo.
2.2 Ámbito particular de EUROPOL
Las funciones en el ámbito particular de EUROPOL incluyen:
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Tráfico de vehículos robados.
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Falsificación de mercancías.
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Lucha contra el tráfico ilícito de material nuclear y radioactivo.
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Inmigración ilegal, trata de seres humanos.
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Tráfico de drogas, etc.
No es función del ámbito particular de EUROPOL la persecución del exterminio de razas y genocidio (eso es competencia de la CPI — Corte Penal Internacional — y de los sistemas judiciales nacionales e internacionales, con apoyo de EUROJUST para la coordinación judicial).
2.3 Director de EUROPOL
El Director de EUROPOL estará asistido por tres Directores Adjuntos que serán nombrados por el Consejo, oído el Consejo de Administración. Estos tendrán un mandato de 4 años renovables una sola vez (no 3 años, no improrrogables).
2.4 Autoridad Común de Control de EUROPOL
La «Autoridad Común de Control» de EUROPOL podrá integrar dos miembros de cada una de las autoridades nacionales de control (no uno por Estado, no cincuenta).
3. Cuadro comparativo EUROJUST / EUROPOL
| Elemento | EUROJUST | EUROPOL |
|---|---|---|
| Tipo | Cooperación judicial penal | Cooperación policial |
| Sede | La Haya | La Haya |
| Composición | 1 miembro nacional/Estado (Colegio) | Estructura de dirección |
| Mandato miembro | 5 años, renovable 1 vez | — |
| Presidente | 4 años, máx. 2 mandatos | — |
| Director Adjunto (EUROPOL) | — | 4 años, renovables 1 vez |
| Ámbito | Investigaciones judiciales +2 países UE | Delincuencia grave y terrorismo |