A los Centros de la Universidad de Huelva corresponden las funciones siguientes:
a) Gestionar y organizar las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de los títulos académicos que les correspondan.
b) Elaborar sus reglamentos de régimen interno, así como las modificaciones que sean precisas, sometiéndolos al Consejo de Gobierno para su aprobación.
c) Elaborar y proponer, previo informe de los Departamentos afectados, las iniciativas sobre creación, modificación, supresión y denominación de titulaciones y las condiciones para su obtención.
d) Participar en el procedimiento de elaboración del plan o los planes de estudios de la titulación o las titulaciones seguidas en el Centro, así como sus reformas, de acuerdo con la normativa reguladora correspondiente.
e) Elaborar el plan de organización docente del Centro para cada curso académico, recabando de los Departamentos los medios necesarios para llevarlo a efecto.
f) Coordinar y supervisar la actividad docente de los Departamentos e Institutos Universitarios, en lo que se refiere al propio Centro.
g) Proponer el nombramiento y cese de sus órganos de gobierno.
h) Proponer la plantilla del Personal de Administración y Servicios en función de las necesidades del Centro.
i) Formular las necesidades del Centro en lo que se refiere a espacio físico y medios materiales.
j) Llevar sus propios registros, archivos y libros.
k) Gestionar todas las actuaciones administrativas que reglamentariamente le correspondan.
l) Elaborar y aprobar sus propios presupuestos, así como sus liquidaciones, de acuerdo con los conceptos y cuantías que en los mismos se determinen.
m) Programar y realizar las actividades de extensión universitaria demandadas por los miembros del Centro.
n) Proponer la suscripción de convenios y contratos de colaboración con entidades públicas o privadas o con personas físicas.
ñ) Evacuar informes o dictámenes para asesoramiento de los órganos de gobierno de la Universidad, cuando sean requeridos.
o) Crear, reestructurar, mantener y suprimir sus propios servicios de apoyo a la actividad docente desarrollada en el Centro.
p) Colaborar en la realización de los procesos de participación de los miembros del Centro en los órganos de gobierno de la Universidad, en los términos previstos en los presentes Estatutos.
q) Coordinar la movilidad de sus estudiantes al amparo de programas o convocatorias nacionales e internacionales.
r) Elaborar y aprobar las memorias anuales de actividades.
s) Aprobar las propuestas de concesión de premios y distinciones.
t) Constituir y disolver comisiones en orden al adecuado desarrollo de sus funciones.
u) Abrir, cerrar y custodiar los expedientes académicos de los estudiantes.
v) Concretar en sus reglamentos las estructuras precisas que garanticen la coordinación didáctica de los equipos docentes que inciden en un mismo grupo-clase, así como los recursos que permitan dar respuesta al derecho a la orientación que asiste a los estudiantes.
w) Impulsar la renovación científica, técnica y pedagógica de sus miembros.
x) Cualesquiera otras competencias que le atribuyan la normativa vigente aplicable o los presentes Estatutos.