La Universidad de León es una institución de Derecho Público al servicio de la sociedad, dotada de personalidad jurídica y patrimonio propio, que goza de autonomía de acuerdo con la Constitución y las leyes. El presente Estatuto constituye su norma básica de autogobierno.
Tema 17: Los Estatutos de la Universidad de León
Los Estatutos de la Universidad de León
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Estatuto ULE
Estatuto de la Universidad de León (Acuerdo 243/2003, de 23 de octubre, de la Junta de Castilla y León) (2003)
Fines
Son fines de la Universidad de León: la docencia y el estudio de calidad; la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, la técnica y la cultura; el impulso de la investigación; la difusión, valorización y transferencia del conocimiento al servicio de la sociedad; la formación para el ejercicio de actividades profesionales; y la proyección y la cooperación internacional.
Estructura
Para el desarrollo de sus funciones, la Universidad de León se estructura en Facultades y Escuelas, Departamentos, Institutos Universitarios de Investigación y aquellos otros centros o estructuras que las leyes y el presente Estatuto prevean.
Consejo Social
El Consejo Social es el órgano de participación de la sociedad en la Universidad. Le corresponde la supervisión de las actividades de carácter económico de la Universidad y del rendimiento de sus servicios, promover la colaboración de la sociedad en la financiación de la Universidad y aprobar el presupuesto y la programación plurianual a propuesta del Consejo de Gobierno.
Claustro Universitario
El Claustro Universitario es el máximo órgano de representación de la comunidad universitaria. Le corresponde, entre otras funciones, la elaboración y reforma del Estatuto y la elección del Defensor de la Comunidad Universitaria.
Consejo de Gobierno
El Consejo de Gobierno es el órgano de gobierno de la Universidad. Establece las líneas estratégicas y programáticas de la Universidad, así como las directrices y procedimientos para su aplicación en los ámbitos de organización de las enseñanzas, investigación, recursos humanos y económicos y elaboración de los presupuestos.
El Rector
El Rector es la máxima autoridad académica de la Universidad y ostenta su representación. Ejerce la dirección, gobierno y gestión de la Universidad, desarrolla las líneas de actuación aprobadas por los órganos colegiados y ejecuta sus acuerdos. Es elegido por la comunidad universitaria mediante elección directa y sufragio universal libre y secreto, ponderado por sectores.
El Secretario General
El Secretario General es el fedatario de los actos y acuerdos de los órganos de gobierno de la Universidad. Es nombrado por el Rector entre funcionarios públicos del grupo A que presten servicios en la Universidad, y dirige la Secretaría General y custodia los documentos y el sello oficial.
El Gerente
Al Gerente le corresponde la gestión de los servicios administrativos y económicos de la Universidad, bajo la dependencia del Rector. Es propuesto por el Rector y nombrado de acuerdo con el Consejo Social.